Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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100416
Legislatura: 1901
Sesión: 8 de Noviembre de 1901
Cámara: Senado
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: 55, 882-885
Tema: Cuestión religiosa y arreglo del Concordato

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: La tiene S. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Señores Senadores, llego tarde a este debate. Llego muy tarde, pero pueden estar tranquilos los Sres. Senadores, que no he de abusar de su cansancio. Yo, en verdad, deseaba discutir con los insignes Prelados que tienen asiento en esta Cámara, [882] deseaba discutirla, pero realmente no combatir, porque me merecen tal respeto por la investidura que ostentan, que salvando yo la opinión que el Gobierno ha manifestado en las diversas cuestiones que aquí se han debatido, y el triunfo de los ideales del Gobierno, lo que es en cuanto a las personas no me halagaría de ninguna manera conseguir triunfo alguno sobre cualquiera de los Sres. Prelados, sino que más bien me entristecería victoria semejante. Pero llego tan tarde al debate, que ni aun discutir voy a poder con tan ilustres Prelados, y no voy a poder, porque sería abusar demasiado del cansancio de la Cámara a la hora avanzadísima en que comienzo a usar de la palabra. No me pesa verdaderamente gran cosa, porque después de esto yo tendría que decir, poco más o menos, lo mismo que han dicho mis compañeros de Gabinete en las contestaciones que han tenido el honor de dar.

Acepto en absoluto y por completo todas y cada una de las ideas expuestas aquí por los Sres. Ministros de la Gobernación y de instrucción pública, y las hago mías; de manera que, de discutir extensamente con los Sres. Prelados, tendría que repetir, aunque con menos elocuencia que ellos lo han hecho, las mimas ideas, las mismas defensas y los mismos argumentos que ellos han empleado, pero aun cuando esto sería bastante para determinar la actitud del Gobierno en las cuestiones aquí suscitadas, yo no me podría excusar de tomar parte en este debate, siquiera para dar la debida contestación a las preguntas que algún Sr. Obispo me ha dirigido con el deseo vehentísimo de que yo le contestara, y claro está que no habría la deferencia debida de mi parte, si no contestara tal y como el insigne Prelado, a quien aludo, lo desea.

Le contestaré, pues, a su debido tiempo; pero antes he de pronunciar algunas palabras respecto de esta especie de postdata que ha tenido el debate con los Prelados.

Yo creía que este debate iba a tener lugar exclusivamente con los Prelados, pero resulta que además han intervenido en él las fracciones políticas que aquí tienen representación: la fracción de unión conservadora y la fracción del Sr. Duque de Tetuán.

Cada cual ha expuesto sus ideas. Está bien, yo no tengo nada que decir, aun cuando encuentro alguna contradicción, porque el señor general Azcárraga, por ejemplo, se opone en nombre de su partido a toda variación del Concordato, sin recordar que el insigne jefe de ese partido de unión conservadora ha dicho que es de todo punto indispensable y que hay que ir a ella pronto? (El señor general Azcárraga: ¿Me permite S. S.? Consideraba que pudiera ser necesaria esa alteración, pero que había de procederse de acuerdo con la Iglesia.) Sí, eso era inútil decirlo, porque sólo de esa manera se puede modificar el Concordato, no hay otro medio; venga aquí cualquier partido, si quiere Concordato; si desea modificar el actual no tiene más remedio que hacerlo así. De manera que si el partido liberal y el Gobierno en su nombre pretendía y pretende la modificación del Concordato, es porque entiende que ésta es la forma de evitar dificultades que diariamente se suscitan, y todas las dificultades que tienen relación con la cuestión religiosa son siempre peligrosísimas. Pues bien; al cabo de medio siglo, el Concordato es un anacronismo, está lleno de contradicciones con nuestras leyes fundamentales, y eso es lo que no puede subsistir. Pero, además, cree el Gobierno liberal que la modificación del Concordato es conveniente y necesaria por dos razones.

Es la primera, porque la cuestión monástica, la cuestión de las Congregaciones religiosas, exige una reglamentación definitiva, una normalidad completa; no pueden seguir las cosas como estaban. De manera que el propósito del Gobierno de S. M., en punto a la modificación del Concordato, es determinar de un modo definitivo la aptitud jurídica y la situación legal de esas Corporaciones, determinarla tan concretamente, que se fijase también el número, porque, dígase lo que se quiera, y cualquiera que sea el valor que se atribuya a las Corporaciones religiosas, éstas no pueden ser en número indefinido, por mucha que sea su importancia, y hasta en beneficio del mismo clero secular. Ésa es una opinión que respeto, pero de la cual no participo ni poco ni mucho, pues entiendo todo lo contrario. Aquí se ha dicho (me parece que por el Sr. Ministro de Gracia y Justicia) que se podría vivir sin clero regular, pero no sin clero secular. Esto es evidente. Pero, además, los cánones y todas las disposiciones de la Iglesia dan importancia al clero regular, porque puede ser auxiliar poderoso del clero secular. De manera que el clero regular lo considera la misma Iglesia como auxiliar del clero secular, es decir, que en lugar de ser esencial a la Iglesia, no es más que accidental y quizá conveniente. (Muy bien, muy bien.)

Otra de las razones que el Gobierno tenía para proponer la modificación del Concordato, es la de ponerle en relación, en armonía y en consonancia con las leyes del Reino, para evitar dificultades, y aprovechándose de esta ocasión, el Gobierno de S. M., fiándose en el cariño que Su Santidad siente por esta católica Nación, amando como ama a España y conociendo los sentimientos del Sumo Pontífice, quería conseguir que, sin menoscabo alguno, ni pequeño, ni grande, ni de ningún género en los gastos del culto, hubiera algún alivio a las cargas del Estado, que son demasiado pesadas, y se mejoraría un poco la suerte de ese pobre clero parroquial de la aldea y de la campiña, que pasa una vida tan miserable y triste, y que en ocasiones hasta llega a sentir hambre.

Por todas estas causas, el Gobierno tenía la pretensión de modificar el Concordato y tenía ya determinado el plan que había de proponer a la Santa Sede y hechos los trabajos preliminares. Yo, señores Senadores, voy a hablar con el corazón en la mano y voy a decir todo lo que ha pasado, todo lo que pensaba hacer el Gobierno y lo que piensa realizar en adelante.

Tenía el Gobierno preparado el plan de reforma del Concordato para proponerlo a la Santa Sede, y empezó los primeros trabajos de exploración que se hacen siempre en este género de negociaciones, porque es necesario prepararse para no recibir un desengaño y para hacer más fácil la negociación, obteniendo previamente el conocimiento de las opiniones y la influencia de aquéllos que pueden tenerla cerca de Su Santidad, porque esos trabajos prepara- [883] torios, repito, se llevaban a cabo para el ulterior régimen de las órdenes religiosas en España.

El Gobierno, con esa idea de buscar la modificación del Concordato, en el cual estaba incluida la suerte futura de las comunidades religiosas, no pensaba dictar el decreto que dictó el Ministro de la Gobernación, y que ha sido tan discutido; pero a consecuencia de la ley contra las Asociaciones religiosas en Francia, vino repentinamente a España una grandísima invasión de religiosos y religiosas.

Claro está que el Gobierno podía haber hecho lo que se hizo en otras ocasiones, pero las circunstancias no eran las mismas. ¿Y qué se hubiera dicho del Gobierno si hubiese detenido a los religiosos y religiosas en la frontera, y les hubiese hecho volver a su país violentamente?

No; el Gobierno tenía un medio mucho más suave, mucho más legal y mucho más tranquilo, que era el de advertir a aquellos religiosos y religiosas que venían de Francia porque no querían aceptar la legislación a que en aquel país se les sometía, que no viniesen a España porque iban a quedar sometidos a una legislación semejante. (Rumores.) Y sucedió, que apenas se enteraron de que al llegar a España se les iba a someter a una legislación parecida a aquélla de que huían? (Varios Sres. Senadores: No, no.) En algunos puntos, ¡ya lo creo que es parecida! Pues bien, al momento se acabó la invasión, y muchos de los que entraron en España repasaron otra vez la frontera, de tal modo, que habiendo entrado más de 700 religiosos, apenas llegan a 100 los que han quedado en la Península. He aquí uno de los objetos del decreto, no exclusivamente ese; pero, al fin, se ha conseguido un resultado, que aunque no diera otro ese decreto, sería verdaderamente plausible.

Pero el decreto de 19 de Septiembre tenía además por objeto recordar a todos el cumplimiento de la ley de Asociaciones, porque el Gobierno en este punto no ha vacilado jamás. El Gobierno no tiene duda ninguna respecto a la interpretación del artículo 29 del Concordato. Por él, por su texto, por todos los documentos que figuran como preparativos para el Concordato, no sólo para el Concordato vigente, sino para el anterior que se desechó, y se desechó precisamente por eso, resulta que en España no puede haber más órdenes religiosas que las tres que marca el art. 29 del Concordato. (El Sr. Santos Guzmán: ¿Cuál es la tercera?) La tercera no se ha designado, porque eso ha debido hacerlo el Gobierno de acuerdo con los Prelados diocesanos, y hasta ahora no se ha designado, ni se ha dicho una sola palabra de esa tercera comunidad que marca el art. 29.

Pero hay que advertir una cosa, y es, que en la negociación hay una nota en que se dice que se podrán establecer en España dos Congregaciones y una tercera que se designará. Esto en uno de los documentos, porque hay otros en que se dice: ?Dos comunidades religiosas o una tercera, que se designará.? De manera que hubo también el pensamiento de que quizás no se establecieran más que dos. Pero sea de ello lo que quiera, en el art. 29 lo que quedó es esto: ?La admisión de tres órdenes religiosas.? Ni más ni menos.

Pues todas las demás no pueden tener existencia legal sino dentro de la ley de Asociaciones, porque si en el Concordato no caben más órdenes religiosas que las tres que el mismo determina, en cambio la Constitución del Estado y la ley de Asociaciones dan derecho a todo ciudadano a asociarse para los fines de la vida humana.

Hay el inconveniente de que la ley de Asociaciones puede no ser aplicable en todas sus partes a las asociaciones religiosas. Esto ya lo he dicho yo en otra ocasión, porque precisamente cuando se discutió esa ley, yo disentí hasta de mi partido en la cuestión de no incluir en las asociaciones a que la ley se refería las asociaciones religiosas, pues comprendí la dificultad que iba a resultar para cumplirla; pero fui vencido por los que creyeron entonces, incluso el partido conservador, que todas las asociaciones religiosas que no estaban comprendidas en el Concordato debían entrar en la ley común, debían entrar en la ley de asociación. ¿Por qué no se ha cumplido con todas las asociaciones religiosas esta ley? La prudencia ha obligado a los Gobiernos a no someter a las asociaciones religiosas a cierta inspección; la prudencia y el deseo de no molestarlas han sido la causa de que esté incumplida la ley.

Pero cuando ha llegado el caso de que esa ley se pueda cumplir, ha sido necesaria que la ley se cumpla. ¿Qué inconveniente hay?¿El inconveniente de que pueda ser difícil la inspección en ciertas comunidades religiosas, por la clausura o por otras circunstancias? Pues ese inconveniente está el Gobierno dispuesto a hacerlo desaparecer, porque he ofrecido en la otra Cámara, como tengo el honor de ofrecerlo a ésta, traer dentro de muy poco un proyecto de ley modificando la de Asociaciones, para que ésta pueda cumplirse en todas sus partes respecto a las asociaciones religiosas.

Dicen los Sres. Prelados (y aquí vengo a una de las preguntas que me han dirigido) que ellos entienden que todas las asociaciones religiosas están comprendidas en el art. 29 Concordato, y que, entendidas en el art. 29 del Concordato, y que, entendiendo el Gobierno lo contrario, de ahí proviene una duda en la interpretación que se ha de dar a un precepto del Concordato, y desean saber si el Gobierno está dispuesto a resolver la duda como el mismo Concordato determina. Ésa me parece que ha sido la pregunta que me ha dirigido el Sr. Obispo de Oviedo.

Pues bien; esa duda y esa dificultado no pueden resultar de las diferentes opiniones que los hombres políticos tengan en esta materia. Porque a mí no me importaría gran cosa que el partido conservador (no lo cito más que como ejemplo) creyera que dentro del art. 29 están comprendidas todas las Congregaciones religiosas, y que el partido liberal creyera lo contrario. Eso no sería, en mi concepto, la dificultad a que se refiere el Concordato para dirimirla por el art. 45 del mismo, pero si hay diferencia entre la interpretación que le da el Gobierno, la corona de España y la que le da el Sumo Pontífice, entonces es cuando puede venir la aplicación del art. 45. y yo declaro que si tal caso llegara, no tendría inconveniente en aceptar esa interpretación y apelar al art. 45.

Pretenden también los Sres. Prelados que mientras se aclara la duda que resulte de la diversa interpretación que se dé al art. 29 del Concordato, se suspendan los efectos del decreto del Ministro de la Gobernación. No hay para qué hacer semejante cosa, porque lo que debe suceder es que mientras esa duda se desvanece siga lo que está vigente, y lo que está vi- [884] gente es la ley de Asociaciones. No podemos de ninguna manera acordar la inejecución de una ley, y sobre todo de una ley como ésta, pero ya acabo de ofrecer que mientras ese caso llega, la ley se modificará en cuanto a hacer desaparecer de ella las dificultades que tenga la inspección del Estado, del poder civil, en todas las Congregaciones religiosas.

Siento en esto no poder asentir al deseo del ilustre Prelado que me ha dirigido ese ruego.

Por lo demás, Sres. Senadores, claro es que el problema religioso, cualquiera que sea la causa que lo haya traído, está planteado para liberales, para conservadores, para todos; y para liberales, conservadores, y todos los que quieran el bienestar del país, es igual el interés en buscar aquella solución más conveniente. Pues eso es lo que desea el Gobierno, para lo cual ha de procurar, por todos los medios que estén a su alcance, la paz entre la Iglesia y el Estado, no contribuyendo, ni en poco ni en mucho, a que el Estado se inmiscuya en las cosas de la Iglesia, procurando al propio tiempo que la Iglesia tampoco llegue a inmiscuirse en las cosas del Estado; dejando que estas dos potestades marchen paralelamente, sin embarazarse, sujeta cada cual a las relaciones que tienen entre sí por la ley que determina esas relaciones, que es el Concordato, mientras éste se halle vigente, porque ya he dicho que el Gobierno piensa proponer a Su Santidad la modificación de este Concordato en los términos y en las condiciones de que he hablado antes.

Pues bien, para que la Iglesia conserve todos los prestigios que debe conservar, hasta el punto de que aun por los mismos que no viven en su seno sea respetada, lo primero que tiene que hacer es ayudar al Estado, en lo que le corresponda, a castigar de igual manera las dos intransigencias entre las cuales está viviendo el país con grandes penalidades y grandes amarguras; es necesario que esas intransigencias sean castigadas con el mismo rigor y desaparezcan, a fin de que la libertad no sirva  a unos para brutales opresiones ni a otros para tremendas violencias, sino que sirva a todos por igual para el respeto de las ideas que cada cual profesa; es necesario que el Gobierno y la Iglesia, en lo que a ella corresponde, ayuden a aquella parte de la sociedad que, no desconociendo la fuerza de la tradición, rechaza toda locura, rechaza toda transgresión, que no traería más que la ruina del país; a esa parte de la sociedad que, huyendo de un escollo y de otros, marcha por el único camino que nos puede sacar a todos a puerto de salvación.

El Gobierno no cumpliría con su deber si no realizara la aspiración de poner coto a las corriente de reacción que se presentan, pero después de dar satisfacción racional al espíritu progresivo y liberal de la época, debe mostrarse terriblemente intransigente contra las fracciones que por la izquierda se produzcan, convirtiendo la protesta legítima en brutal agresión.

Así es como podremos mantener las relaciones entre le Poder civil y la Iglesia y salir del estado de abatimiento en que desgraciadamente nos encontrábamos y de la (no quiero decirlo porque me da pena) del atraso en que nos hallamos respecto de los demás pueblos. (Muy bien, muy bien.)

  



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